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Nueva York: la regla de publicación que toda LLC nueva debe cumplir

Por Empresa Express USA · Publicado: · Modificado: ·

Si vas a crear tu LLC en Nueva York, hay un requisito que casi ningún otro estado pide: publicar un aviso de formación en periódicos. Es obligatorio, tiene un plazo estricto y omitirlo puede suspender la autoridad de tu empresa para operar en el estado.

## Qué exige la ley

La Sección 206 de la Ley de LLC de Nueva York establece que, dentro de los 120 días siguientes a la fecha en que tu LLC queda registrada, debes publicar una copia de los Articles of Organization —o un aviso con su contenido esencial— una vez por semana durante seis semanas consecutivas, en dos periódicos: uno de publicación diaria y otro semanal.

Los periódicos no los eliges tú: los designa el secretario del condado donde está ubicada la oficina de tu LLC. Al terminar, cada periódico te entrega un affidavit, la declaración jurada que prueba que el aviso se publicó.

## El comprobante ante el estado

Publicar no basta: el trámite se completa cuando presentas ante el Departamento de Estado de Nueva York el Certificado de Publicación junto con los affidavits de ambos periódicos. Todo —las seis semanas de publicación y la presentación del comprobante— debe ocurrir dentro de esos 120 días.

## Qué pasa si no lo haces

Si el plazo vence sin que el estado reciba tu comprobante, la autoridad de tu LLC para hacer negocios en Nueva York queda suspendida hasta que cumplas. No es una disolución: la ley aclara que la suspensión no invalida los contratos ya firmados ni te quita el derecho a defenderte en un juicio en el estado. Aun así, operar con la autoridad suspendida es un riesgo innecesario.

Desde 2026, este requisito también aplica a las LLC de otros estados que solicitan autorización para operar en Nueva York por primera vez; las que ya operaban antes cuentan con un periodo de transición.

## Cómo cumplir sin complicaciones

1. **Empieza pronto:** contacta a los periódicos designados en cuanto tu LLC quede registrada; no esperes al último mes. 2. **Revisa el texto del aviso:** debe incluir el nombre de la LLC, la fecha de registro, el condado y la dirección para notificaciones. 3. **Guarda los affidavits:** sin ellos no puedes presentar el Certificado de Publicación. 4. **Marca el día 120 en tu calendario** desde el primer día.

Los periódicos cobran por este servicio y el valor cambia de un condado a otro, así que pide cotización a ambos antes de empezar.

Si aún no tienes tu empresa, lee nuestra guía [cómo crear una LLC en USA desde Latinoamérica](/blog/crear-llc-usa-desde-latinoamerica-guia-paso-a-paso). Recuerda que toda LLC necesita un [agente registrado](/noticias/agente-registrado-obligatorio-50-estados) con dirección física en el estado, y compara los [tiempos de aprobación por estado](/tiempos-crear-llc-por-estado) antes de elegir dónde registrarte.

**Nosotros hacemos todo el trámite por ti. Escríbenos por WhatsApp:** [Hola TuEmpresaUSA, quiero crear mi LLC](https://wa.me/17868438818?text=Hola%20TuEmpresaUSA%2C%20quiero%20crear%20mi%20LLC)

*Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal.*